Cuándo se cobra el aguinaldo en 2026

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La primera cuota venció el 30 de junio. La segunda debe pagarse hasta el viernes 18 de diciembre de 2026.

Fechas de pago del aguinaldo en 2026

CuotaPeríodo que cubreVence
Primera1 de enero al 30 de junioMartes 30 de junio de 2026
Segunda1 de julio al 31 de diciembreViernes 18 de diciembre de 2026

La segunda cuota vence el 18 de diciembre desde la Ley 27.073, que adelantó el pago para que el dinero llegue antes de las fiestas. Aunque el semestre termina el 31 de diciembre, el aguinaldo se calcula sobre los sueldos de julio a diciembre: si en diciembre cobrás un sueldo mayor por un aumento, el empleador debe ajustar la diferencia.

Las fechas son un límite, no un día fijo. El empleador puede pagar antes, por ejemplo junto con el sueldo de noviembre. En la práctica se suele admitir un plazo de gracia de hasta cuatro días hábiles, el mismo que rige para el sueldo mensual; pasado ese plazo, el pago está en mora.

Jubilados y pensionados

ANSES no paga el aguinaldo en un día aparte: lo deposita junto con el haber de diciembre, según el cronograma por terminación de DNI. El calendario se publica a comienzos de cada mes y se puede consultar en Mi ANSES. Más detalles en la guía de aguinaldo para jubilados y pensionados.

Empleados públicos

En el sector público nacional, provincial y municipal rigen los mismos vencimientos, pero cada administración fija su propio cronograma, que a veces escalona el pago por montos o reparticiones. Conviene consultar el anuncio oficial de tu jurisdicción.

¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?

  1. Revisá tu recibo: el aguinaldo debe figurar como un concepto separado (SAC) con su período.
  2. Reclamalo por escrito a tu empleador. Si no hay respuesta, el paso habitual es una intimación formal por carta documento o telegrama laboral, que para el trabajador es gratuito.
  3. Podés acudir a la autoridad de trabajo de tu jurisdicción o al servicio de conciliación laboral (en la Ciudad de Buenos Aires, el SECLO), o consultar con un abogado laboralista o tu sindicato.

¿Querés saber tu monto? Usá la calculadora de aguinaldo: incluye el cálculo proporcional y los descuentos de ley.

Fuentes

  • Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, arts. 121 a 123 (sueldo anual complementario).
  • Ley 27.073: fija los vencimientos del 30 de junio y el 18 de diciembre.
  • ANSES: anses.gob.ar (cronogramas de pago y Mi ANSES).
  • Textos normativos: argentina.gob.ar/normativa.