¿Cuánto vas a cobrar de aguinaldo?
Calculá tu sueldo anual complementario de 2026 con la fórmula de la ley: completo o proporcional, con los descuentos de ley y el neto que te queda.
- Monto50 % del mejor sueldo del semestre
- 2.ª cuota 2026hasta el 18 de diciembre
- Descuentos17 % de aportes
Cuándo se cobra en 2026
- 1.ª cuota, por el período enero–junio. Ya vencida.
- 2.ª cuota, por el período julio–diciembre. Cae viernes.
Jubilados y pensionados cobran con el haber, según el cronograma de ANSES. Fechas y plazos en detalle.
Cómo se calcula
Aguinaldo = mejor sueldo bruto ÷ 2
Si no trabajaste el semestre completo:
Aguinaldo = mejor sueldo ÷ 2 × días trabajados ÷ días del semestre
El primer semestre de 2026 tiene 181 días; el segundo, 184. Ejemplos y conceptos que entran.
Guías
- Cuándo se cobra el aguinaldo
Fechas de pago de 2026, plazo legal y qué pasa si se atrasa.
- Cómo se calcula
La fórmula del 50 %, qué conceptos entran y ejemplos con números.
- Aguinaldo proporcional
Si entraste o te fuiste durante el semestre, cuánto te toca.
- Descuentos y Ganancias
Aportes que se restan y cuándo hay retención del impuesto.
- Jubilados y pensionados
Cómo calcula ANSES el aguinaldo y por qué el bono no suma.
- Casas particulares
El aguinaldo del personal de casas particulares, paso a paso.
- Reforma laboral y aguinaldo
Qué cambió con la Ley 27.802 y qué sigue igual.
- Preguntas frecuentes
Monotributo, período de prueba, atrasos, cuotas y más.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el aguinaldo?
La mitad del mejor sueldo bruto mensual que cobraste en el semestre. Si tu mejor sueldo de julio a diciembre fue $1.200.000, el aguinaldo bruto de diciembre es $600.000. Si no trabajaste los seis meses, se paga en proporción a los días trabajados.
¿Cuándo se cobra el aguinaldo de diciembre de 2026?
La fecha límite es el viernes 18 de diciembre de 2026. Jubilados y pensionados lo cobran junto con el haber de diciembre, según el cronograma de ANSES por terminación de DNI.
¿El aguinaldo tiene descuentos?
Sí, los mismos aportes que el sueldo: 11 % de jubilación, 3 % de PAMI y 3 % de obra social, en total 17 %. Si tus ingresos superan el mínimo del impuesto a las Ganancias, también puede haber retención.
¿La reforma laboral cambió el aguinaldo?
No cambió la fórmula ni las fechas. Sí amplió los beneficios sociales que no se consideran remuneración (comedor, plan médico, auto, celular, internet), que por lo tanto no entran en la base del aguinaldo, y excluyó el aguinaldo de la base de la indemnización por despido. Ver el detalle.
¿Los monotributistas cobran aguinaldo?
No. El aguinaldo corresponde a quienes trabajan en relación de dependencia registrada, y a jubilados y pensionados. Monotributistas, autónomos y trabajadores no registrados no lo perciben (estos últimos pueden reclamarlo si prueban la relación laboral).